Es posible tramitar la presunción de fallecimiento u orden de inscripción de la defunción de una persona, si se demuestra la imposibilidad real de ubicar su acta de defunción.
Este es un trámite judicial que requiere acompañar todas las pruebas (documentación, pedidos de informes a los registros civiles que resulten negativos, otras actas de defunción de la esposa o de matrimonio de los hijos o nacimiento de nietos donde conste fallecido, constancia de inhumación del cementerio, etc.) para demostrar al juez cuándo y dónde la persona puede haber fallecido.
Por eso hay que acompañar documentación para poder demostrar al juez que se ha agotado en forma exhaustiva la búsqueda del acta en el lugar y fecha en que debió haber fallecido.
Por favor detallar las pruebas de que dispone en tal sentido y las que cree que puede agregar, para que podamos elaborar un presupuesto acorde a la gestión de su caso.