Inscripción de Embargo

La orden judicial, si es de otra provincia debe venir en Testimonio Ley 22.172 y cumplir todos los requisitos de dicha ley (sello de agua, identificación de causa judicial y Tribunal, titular del bien, datos del dominio, monto de la medida en caso de corresponder, decreto que ordena la medida, firma del juez, etc.).
Además tiene que incluir autorización para el diligenciamiento a nombre del profesional que nosotros le indiquemos, y venir con el sellado del 6 x mil sobre el monto a embargar, que se hace únicamente en el Nuevo Banco de Santa Fe (ver si hay sucursales del NBSF en su ciudad).